Estimado(a) alumno(a):
Próximo a iniciarse el Segundo Semestre del Año Académico 2009, le recordamos algunas fechas relativas al Proceso de Inscripción de Asignaturas establecidas en el Calendario de Docencia de Pregrado y también algunas disposiciones del Reglamento de Docencia de Pregrado. Además, le informamos acerca del procedimiento para inscribir asignaturas.
A.- Del Reglamento General de Docencia de Pregrado (Decreto UdeC Nº 2008-116) INSCRIPCIÓN DE ASIGNATURAS (Art. 3º, 3.13): La inscripción de asignaturas es el acto mediante el cual el alumno se compromete a realizar las actividades académicas correspondientes a cada asignatura inscrita, conforme a las normas establecidas; y la Universidad se compromete a impartir docencia en dichas asignaturas.
ALUMNO DE PREGRADO (Art. 3º, 3.14): Estudiante que ha sido aceptado mediante cualquiera de los procesos de admisión reconocidos por la Universidad de Concepción y que mantiene el derecho a tener la calidad de alumno regular o alumno egresado.
ALUMNO REGULAR (Art. 3º, 3.15): Para ser alumno regular de la Universidad de Concepción se requiere:
a) Haber sido aceptado mediante cualquiera de los procesos de admisión reconocidos por la Universidad.
b) Haber inscrito asignaturas en el período académico respectivo.
c) Cumplir con los Reglamentos de Matrícula y del Fondo Solidario de Crédito Universitario según corresponda, o el sistema que lo reemplace.
d) Tener salud y condición física compatible con la actividad académica a desarrollar y cumplir con los requisitos que exija la Facultad para cada una de sus carreras.
ALUMNO CON SUSPENSIÓN DE ESTUDIOS (Art. 3º, 3.19): Alumno de pregrado que perteneciendo a una Carrera no inscribe asignaturas o suspende estudios. En estos casos pierde transitoriamente la condición de Alumno Regular de la Universidad de Concepción.
BAJA POR NO INSCRIPCIÓN (Artículo 26°): Los alumnos que estando habilitados para inscribir asignaturas no lo hagan dentro del periodo correspondiente perderán el derecho a continuar estudios como también la calidad de alumno de pregrado de la Universidad de Concepción, a menos que en el periodo lectivo anterior hayan inscrito una o más asignaturas anuales.
CONTINUACIÓN DE ESTUDIOS (Artículo 27º): Los alumnos en situación de Baja Académica o Baja por no Inscripción podrán solicitar, en un plazo máximo de un año, la continuación de estudios al
Comité de Docencia y Asuntos Estudiantiles respectivo, el que previo estudio de los antecedentes, resolverá dicha solicitud. …
INSCRIPCIÓN DE ASIGNATURAS (Artículo 38º): La inscripción de asignaturas deberá realizarse en las fechas indicadas por el Calendario de Docencia de Pregrado. En el caso de los alumnos que ingresan a una Carrera, la inscripción de asignaturas será parte del proceso de matrícula. El Vicedecano podrá autorizar, en casos justificados y excepcionales, modificaciones de inscripción o admitir las que estén fuera de plazo. …
B.- Del Calendario de Docencia de Pregrado 2009 (Decreto UdeC Nº 2008-120)
• La inscripción de asignaturas semestrales correspondientes al segundo semestre se efectuará entre los días 27 y 31 de julio. (Art. 1º, Nº 7)
• Para las asignaturas que comiencen a impartirse en el segundo semestre, la fecha límite para que los correspondientes Vicedecanos autoricen, en casos justificados y excepcionales, la inscripción de asignaturas fuera de plazo o modificaciones a la inscripción de asignaturas será el 28 de agosto.
(Art. 2º, Nº 14)
• El día 28 de agosto, se procederá al cierre de la etapa de inscripción de asignaturas, correspondiente al segundo semestre, y el 31 de agosto se procederá a la depuración de las bases de datos del Sistema de Administración Curricular, para determinar en forma definitiva, quiénes adquieren la calidad de Alumno Regular. (Art. 2º, Nº 18)
PROCEDIMIENTOS DE INSCRIPCION EN EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2009
1º) Como siempre, el Sistema de Administración Curricular (SAC) determinará los estudiantes académicamente habilitados para inscribir asignaturas el Segundo Semestre de 2009 y la correspondiente proposición de inscripción.
2º) Todos los alumnos habilitados deberán inscribir asignaturas durante el período establecido para ello, entre el 27 de julio a las 9:00 Hrs. y el 31 de julio a las 19:00. A diferencia de los períodos anteriores, la proposición estará disponible para los alumnos en el portal interno http://www.udec.cl/alumnos/ en el ítem Mis Servicios Online y para los Jefes de Carrera, en http://www.udec.cl/intranet/ en el ítem Mis Servicios On-line. Los respectivos Jefes de Carreras tendrán plazo para autorizar las inscripciones, hasta el miércoles 5 de agosto a las 19:00 hrs.
3º) Los estudiantes habilitados para inscribir que no estén al día en el pago del arancel del primer semestre (la 5ª cuota vence el 31 de julio) también deberán inscribir entre el 27 y el 31 de julio; pero su inscripción quedará registrada en forma provisoria, mientras regularizan su situación de pago en la División de Asistencia Financiera al Estudiante (DAFE).
Para hacer efectiva su inscripción, deberán regularizar su situación de deuda antes del 28 de agosto de 2009; y de no hacerlo, no podrán adquirir la calidad de Alumno Regular durante el semestre, quedando registrados en el SAC como Baja por No Inscripción.
4º) Si por excepción se autorizara a un estudiante con Baja por No Inscripción para que inscriba asignaturas fuera de plazo, dicha resolución se entenderá como la concreción de su inscripción provisoria, no permitiéndose agregar o eliminar asignaturas.
Saludamos cordialmente a usted,
DIRECCION DE DOCENCIA
Universidad de Concepción
Concepción, 1º de julio de 2009.